Ley
N° 4.816
ARTICULO 22º: El Colegio de Arquitectos de la Provincia de La Rioja tiene los siguientes objetivos y atribuciones:
a) El gobierno de la matrícula de todos los Arquitectos que ejerzan la Profesión en la Provincia.
b) Realizar el contralor de la actividad profesional.
c) Velar por el cumplimiento de esta Ley y sus Decretos Reglamentarios y normas complementarias.
d) Ejercer el poder de policía sobre sus colegiados.
e) Resolver a requerimiento de los interesados y en el carácter de árbitro, las cuestiones que se susciten entre los Arquitectos y sus comitentes. Es obligatorio para los Arquitectos, someter al arbitraje de amigable componedor del Colegio, las diferencias que se produzcan entre sí, relativas al ejercicio de la Profesión, salvo en los casos de juicio o procedimientos especiales.
f) Representar a los colegiados ante las Autoridades y Entidades públicas o privadas, adoptando las disposiciones necesarias para asegurar el ejercicio de la Profesión.
g) Proponer la actualización de los aranceles al Ejecutivo Provincial.
h) Establecer los recursos y disponer de sus bienes muebles e inmuebles.
i) Asesorar a su requerimiento a los Poderes del Estado, en asuntos de cualquier naturaleza, relacionados con el ejercicio de la Profesión.
j) Velar por el prestigio, independencia y respeto Profesional, así como defender y mejorar sus condiciones y retribuciones.
k) Asesorar e informar a los Colegiados en la defensa de sus intereses y derechos, ante quién corresponda y en relación a toda problemática de carácter jurídico-legal y económico contable.
l) Desarrollar programas para la plena ocupación de la capacidad disponible, fomentando un justo acceso al trabajo.
ll) Promover y realizar todas las actividades culturales, que contribuyan a la formación integral de los Colegiados.
m) Promover sistemas de información específica a la formación, consulta y práctica profesional.
n) Promover y realizar actividades de relación e integración de los Colegiados entre sí y con el medio e interprofesionales.
ñ) Asumir e informar, a través de opinión crítica, sobre problemas y propuestas relacionadas al ámbito de la actividad profesional y que afecten a la comunidad.
o) Promover la difusión a la comunidad, de todos los aspectos técnicos-científicos del quehacer profesional.
p) Podrá opinar en la defensa, valorización y catalogación del patrimonio histórico, arquitectónico, ambiental y cultural.
q) Colaborar para que la formación académica y post-grado permita una permanente superación de la actividad profesional.
r) Promover la formación de post-grado, teniendo como objetivos la actualización, profundización y perfeccionamiento del conocimiento técnico-científico, tendiente a optimizar la práctica profesional, docente y de investigación.
s) Fomentar el espíritu de solidaridad, la consideración y
asistencia recíproca entre los Arquitectos.